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sábado, 1 de diciembre de 2012

Amnistía Internacional critica nueve puntos proyecto de Reforma Policial



La organización Amnistía Internacional (AI) entregó ayer al presidente Danilo Medina una propuesta en la que cita como elementos problemáticos del proyecto de reforma policial los artículos 18-19 que, afirma, limitan aún más el sistema para que la Policía rinda cuentas por sus acciones.

Dijo que el papel de controlar la Policía sería una atribución del Presidente de la República, mientras que al Ministerio de Interior y Policía solo se atribuye la adscripción orgánica.

La recomendación contiene nueve puntos que entienden deberían ser evaluados para una nueva propuesta.

El documento fue presentado por los representantes de AI, Javier Zúñiga y Chiara Liguori.

“Considerando la multitud y la complejidad de las funciones y responsabilidades del Presidente de la República, es evidente que no estaría en la posición de ejercer un control riguroso sobre el funcionamiento y las actuaciones de la PN. Por lo tanto, el hecho de atribuir al Presidente la línea jerarquica directa sobre la Policía Nacional y no al Ministerio de Interior y Policía hace que los mecanismos de control sobre la institución se mantengan débiles.


Jurisdicción policial. AI consideró como “extremadamente preocupantes” los artículos 164 y 165, porque entiende que parecen reintroducir una jurisdicción policial paralela a la de los tribunales ordinarios para juzgar las infracciones disciplinarias y penales cometidas por miembros de la Policía Nacional.

Señala que según el artículo 165 de la propuesta, los integrantes de la jurisdicción policial serían nombrados y destituidos por el Presidente de la República. “De esta manera los tribunales policiales estarían bajo el control del Poder Ejecutivo y no gozarían de la independencia que la Constitución garantiza a la función policial”, precisa.

Dicen que, de ser así, existen dudas sobre la posibilidad de garantizar la necesaria transparencia en los procesos judiciales y el derecho de las víctimas de abusos policiales de tomar parte en los procesos.

Uso de la fuerza letal. El organismo expresa en el artículo 89 numeral 2, que se autoriza el uso de armas de fuego para evitar la comisión de un hecho grave que entrañe una seria amenaza para la seguridad del Estado. “No queda claro lo que representa una amenaza para la seguridad del Estado y no parece estar definida en la ley dominicana quedando a la discrecionalidad de la autoridad pública”, dice el informe de observación.

Dice que se autoriza el uso de armas de fuego cuando en medio de la detención de una persona, ésta represente peligro y ponga resistencia. “El nivel de peligro no está definido”.

Poderes y funciones. De acuerdo con AI en el proyecto presentado por el gobierno anterior las funciones policiales están más orientadas a la seguridad que hacia la protección de la vida e integridad física de las personas, incluyendo la protección de sus derechos y libertades. “Esto representa un paso atrás respecto a la formulación de la vigente Ley de la PN”. Observó que en el proyecto de reforma no están definidos ni los poderes ni los principios rectores de la institución.

Medina receptivo

Zúñiga pidió que la voluntad de Medina para que el proceso de reforma se concluya lo antes posible y con los mejores resultados es un elemento nuevo en relación con el Gobierno anterior.

Desconoce nuevo proyecto

Liguori dijo que no conocen el nuevo proyecto de reforma y por ello las recomendaciones fueron al anterior. Dijo que sería importante que el nuevo proceso sea abierto a la sociedad civil.

Otros aspectos

Amnistía Internacional también encontró que en el proyecto de reforma del Gobierno anterior hay ausencia de mecanismos efectivos de rendición de cuentas, principios básicos de actuación insuficientes y una débil protección de los derechos de los policías sujetos al régimen disciplinario.

Responsabilidades

Asimismo el documento contentivo de la propuesta señala que la responsabilidad civil y penal de la Policía Nacional como institución no está definida y que tampoco están suficientemente definidas todas las armas ni su uso reglamentado de acuerdo a las normas internacionales.
 
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